ESTUDIO DEL IV CONVENIO COLECTIVO GENERAL DEL SECTOR DE SERVICIOS DE ASISTENCIA EN TIERRA EN AEROPUERTOS CON PERSPECTIVA DE GENERO
Artículo 4. Ámbito personal.
El presente Convenio es de obligada y general observancia para todas las empresas, entidades y personas trabajadoras de las actividades incluidas en el ámbito funcional, excepto para el personal directivo o asimilado que […],
LENGUAJE INCLUSIVO
Artículo 13. Comisión Paritaria.
Se crea una Comisión Paritaria compuesta de 10 miembros que serán designados por mitad por cada una de las partes firmantes, sindical y empresarial[…]
NO EXPRESA PORCENTUALMENTE LA PRESENCIA FEMENINA
Artículo 14. Funciones y funcionamiento de la Comisión Paritaria.
Con carácter previo a la adopción de un acuerdo de descuelgue de las condiciones establecidas en el presente convenio para cualquier empresa incluida en su ámbito funcional, será preceptiva la emisión de informe por parte de esta comisión paritaria.
Seguimiento de los planes y acuerdos en materia de igualdad.
Artículo 15. Criterios generales.
La clasificación profesional se ha establecido fundamentalmente atendiendo a los criterios que el artículo 22 del Estatuto de los Trabajadores fija para la existencia del grupo profesional,
Artículo 18. Definición de Grupo Profesional.
Grupo de Personal Técnico Gestor. –Es aquel personal que estando en posesión […]
Grupo de Personal Administrativo. –Es el personal que lleva a cabo tareas de[…]
Agente Administrativo. –Realizará los trabajos de ejecución inherentes a su Grupo y por motivos de organización del trabajo, la Dirección designará entre el personal administrativo, […]
Jefatura Administrativa. –El personal administrativo del subgrupo de mando, Grupo de Servicios Auxiliares. –Se integra en este colectivo, el personal encargado […]
Artículo 19. Progresión y Promoción.
4. Se entiende por promoción el acceso al subgrupo de Mando desde el de Ejecución/Supervisión por libre designación de la Empresa a través de las pruebas o requisitos que se establezcan al efecto.
Artículo 20. Contratación.
Artículo 21. Modalidades de Contratación.
Cuando la Empresa, necesite contratar personal […]
2. Contrato fijo a tiempo parcial.
Cuando la Empresa necesite contratar personal para prestar servicios fijos y […]
Artículo 23. Fomento de la Contratación Indefinida.
Con la finalidad de mejorar las condiciones de trabajo, garantizar la estabilidad en el empleo y disminuir la temporalidad, todas las empresas incluidas en el ámbito de aplicación del presente convenio deberán contar, durante todos los meses del año, con un porcentaje mínimo del 50 % de contratación indefinida en la plantilla de cada aeropuerto.
Artículo 24. Sistema salarial.
Se considerará salario la totalidad de las percepciones económicas de las personas trabajadoras, en dinero o en especie,
Artículo 53. Protección de la maternidad.
Las empresas adoptarán las medidas necesarias para promover la mejora de la seguridad y de la salud en el trabajo de las trabajadoras embarazadas, que hayan dado a luz o en período de lactancia de acuerdo con las previsiones del artículo 26 de la Ley 31/1995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales.
Artículo 54. Formación en la empresa.
La persona trabajadora estará obligada a asistir a aquellas acciones formativas promovidas o impartidas por la empresa dentro de la jornada a fin de obtener una determinada especialización o una más amplia formación profesional. Las realizadas fuera de la jornada laboral no tendrán carácter obligatorio.
Artículo 55. Formación académica y profesional regladas.
La persona trabajadora tendrá derecho:
a) Al disfrute de los permisos necesarios para concurrir a exámenes, así como a una preferencia a elegir turno de trabajo, si tal es el régimen instaurado en la empresa, cuando curse con regularidad estudios para la obtención de un título académico o profesional.
Artículo 88. Igualdad.
Todas las condiciones que se pactan en este convenio en cualquier materia, afectarán por igual a ambos géneros.
De acuerdo con lo establecido en la Ley 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, las empresas están obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, adoptarán medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, medidas que negociarán y, en su caso, acordarán, con la representación legal de los trabajadores, en la forma que se determine en la legislación laboral.
Las empresas incluidas en el ámbito de aplicación del presente convenio deberán negociar un plan de igualdad, con el alcance y contenido establecidos en este capítulo, entendido como un conjunto ordenado de medidas adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo. Los planes de igualdad fijaran los concretos objetivos a alcanzar, las estrategias y prácticas a adoptar para su consecución, así como el establecimiento de sistemas eficaces de seguimiento y evaluación de los objetivos fijados.
4. Para la consecución de los objetivos fijados, los planes de igualdad contemplarán, entre otras, las materias de acceso al empleo, clasificación profesional, promoción y formación, retribuciones, ordenación del tiempo de trabajo para favorecer, en términos de igualdad entre mujeres y hombres, la conciliación laboral, personal y familiar y prevención del acoso sexual y del acoso por razón de sexo.
A modo de resumen, hemos podido observar el uso del lenguaje inclusivo en todo el desarrollo articular del convenio como, por ejemplo:
Persona trabajadora.
Personal
Personal encargado
Observamos también la protección de maternidad como trabajadora especialmente sensible, dejando al desarrollo las adaptaciones al puesto de trabajo, las adaptaciones horarias (cosa que al final nos remitimos al RD 6/2019).
Para concluir, nos remite a la ley de igualdad del 2007 y al cumplimiento normativo con relación a todo lo que estipula la ley:
Igualdad de genero en todas las capitulaciones del convenio.
Deja al desarrollo del plan las medidas concretas y evaluables con relación al acceso, promoción, formación, categorías profesionales, retribuciones y adaptaciones horarias.
Es decir, hace referencia al cumplimiento de la ley, un decálogo de intenciones, dejando todo el desarrollo posterior a las posteriores negociaciones en cada empresa del sector.
El convenio colectivo del sector, publicado recientemente en el BOE, con rango de ley, y es un sector tan masculinizado como es el aéreo que el desarrollo se presumirá lento y muy costoso, hubiese sido preferible un desarrollo introduciendo alguna medida concreta que obligase a la patronal a revertir esta situación de desigualdad
I Congreso Nacional de Igualdad de Oportunidades
La Igualdad de Oportunidades en la empresa
“Igualdad de Oportunidades, Agentes de Igualdad y Empresa»
Tras más de 11 años de la publicación de la Ley Orgánica 3/2007 nace el I CONGRESO NACIONAL DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES que se celebrará en Barcelona el día 4 de marzo de 2020
Este Congreso nace con el objetivo de concienciar a la sociedad sobre la importancia de la IGUALDAD DE OPORTUNIDADES en las organizaciones. Pretende clarificar conceptos que se han ido estructurando en el seno de las empresas y dar extensión a las buenas prácticas que tanto desde las diferentes Administraciones como desde las propias empresas, se han ido introduciendo en el quehacer diario de las organizaciones.
El panorama parece alentador, dado que a pesar de que el grado de implantación no ha sido el previsto inicialmente, se están produciendo cambios legislativos que permitirán una mayor concienciación en el entorno empresarial tanto en todos los campos que abarca la Igualdad de Oportunidades en el entorno empresarial.
El I CONGRESO NACIONAL DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES pretende ser un evento anual que aspira a ser referencia en el sector, donde se den cita tanto los/las profesionales de la Igualdad, como las administraciones, empresas y los agentes sociales de todo el Estado.
Nuestro más sincero agradecimiento a todas y todos los ponentes y participantes, así como muy especialmente a las entidades que sin otra voluntad más que fomentar el desarrollo de una sociedad más igualitaria, participan y hacen posible este evento. A todas y todos: Gracias
PROGRAMA
8:30 – 9:00 Acreditación y recogida de documentación
9:00 – 9:30
Inauguración Institucional
Exma. Sra. Carmen Calvo. Vicepresidenta del Gobierno (pendiente confirmación)
Mercedes Elipe; Directora Comercial y Desarrollo Internacional de Grupo IMAN
Mirian Izquierdo: Presidenta de Fundación Woman Forward
9:30 – 10:00
Conferencia Inaugural: IGUALDAD, MUJER Y EMPRESA: Un largo camino hacia la paridad
Cristina Almeida; Abogada y defensora de los derechos de la Mujer
10:00 – 10:20
Conferencia: NORMATIVA AUTONÓMICA: Regulación especial de las CCAA en materia de Igualdad
Laura Fernández-Instituto Andaluz de la Mujer
10:20 – 10:40
Conferencia: LA IGUALDAD COMO ELEMENTO CLAVE EN LA CONTRATACIÓN PÚBLICA. Contratación en el Ajuntament de BCN. Ley 9/2017
Criterios de contratación. La necesidad de un Plan de Igualdad para la contratación pública.
Héctor Casado Subdirector General de Relaciones laborales. Secretaría de Estado de la función Pública
(pendiente confirmación)
La coordinación de actividades empresariales en materia de Igualdad; Ayuntamiento de Barcelona
Raquel Gil . Comisionada Ocupación. Ayuntamiento de Barcelona
10:40 – 11:00 Pausa Café
11:00 – 11:30
Mesa de debate: LOS PLANES DE IGUALDAD EN LA EMPRESA.
- Presidenta de mesa: Rocío Rodríguez, Directora del Instituto de la Mujer
Referencias a la Ley de Igualdad y al RDL 6/2019
El modelo corporativo del Plan de Igualdad. Dulcinea Meijide; GRUPO SUEZ
La negociación de los Planes de Igualdad.
Magda Malé. Directora de proyectos estratégicos de Coca-cola European Partners
Alba García, Secretaria de Dones de CCOO de Catalunya
Campañas de inspección sobre planes de Igualdad. Gabriel Álvarez del Egido Inspección de Trabajo y Seguridad Social
11:30 – 12:15
Mesa de debate: LA GESTIÓN DE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES EN LA EMPRESA: EL I+D de la Igualdad de Oportunidades
Estrella Nieto. Universidad Politécnica de Barcelona
La norma SGI de Igualdad de Oportunidades Miriam Mateos Sainz de Medrano. Presidenta de ANAI
Elementos de gestión en materia de Igualdad.. Esther Sánchez Torres. Directora de RRHH de Esade
Índice de Igualdad de Género de FWF Mirian Izquierdo. Presidenta de Fundación Woman Forward
12:15 – 13:30
AUDITORÍAS SALARIALES PARA COMBATIR LA BRECHA DE GÉNERO.
La importancia de la brecha salarial.
DISTINTIVOS Y SELLOS DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
Presidenta de mesa: Patrocinada KPMG
PARTICIPANTES:
El Reconocimiento de «Entidad Colaboradora para la Igualdad de Mujeres y Hombres» Izaskun Landaia; Directora de EMAKUNDE
Auditorías Salariales para combatir la brecha de género: KPMG
El Sello SGI de Igualdad de Oportunidades. Jorge Perez, INTERCER CERTIFICADORA INTERNACIONAL
** Break lunch
16:15 SALA 1
Mesa de debate:
LA GESTIÓN DEL ACOSO SEXUAL EN LAS EMPRESAS
El protocolo de Acoso Sexual el protocolo de acoso por razón de sexo en la empresa
La gestión del Acoso Sexual y/o por razón de sexo en la empresa
Responsabilidad del Acoso / El Compliance y la Igualdad
16:15 SALA 2
Conferencias:
La violència de género: Lacra a gestionar en la empresa / El papel del/la Agente de Igualdad
Laura Martínez; Presidenta Intitut Català de les Dones
El Pacto de Estado contra la Violencia de Género,
17:30 SALA 1
TALLER PRÁCTICO DE INVESTIGACIÓN DE CASOS DE ACOSO LABORAL SEXUAL
Juan Carlos Castaño e Ingrid Garasa, Igualia
17:30 SALA 2
TALLER PRÁCTICO DE NEGOCIACIÓN DE DIAGNÓSTICOS Y PLANES DE IGUALDAD
Susana Estudillos, Igualia / Cristina Fernandez, Grupo Majorel
18:30 SALA AUDITORIO
CONCLUSIONES DEL CONGRESO Y CLAUSURA DEL ACTO




